Persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.
Persona, titular del interés sobre cuyo riesgo se toma el seguro. En el sentido estricto, es la persona sobre la cual recae la cobertura del seguro.
Empresa que mediante un contrato de seguro asume la cobertura del riesgo objeto de ese contrato, y se encuentra previamente autorizada a operar como aseguradora por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
Persona a cuyo favor se toma el seguro. Técnicamente se denomina así a la persona que ostenta el derecho a percibir la prestación indemnizatoria del asegurador.
Se llama así al límite máximo de indemnización en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de póliza.
Serie de condiciones a las que se compromete el asegurado al momento de celebrar el contrato y deberá garantizar durante su vigencia. El incumplimiento de las cargas u obligaciones puede derivar en la caducidad del contrato.
Ocurrido un siniestro, el asegurado deberá realizar la correspondiente denuncia y/o declaración de siniestro ante el asegurador en el plazo determinado en las Condiciones Contractuales a fin que la misma sea considerada cumplida.
Aquellos riesgos o circunstancias expresamente excluidos en la póliza, los cuales se encuentran taxativamente enunciados.
Monto establecido que se encuentra a cargo del asegurado en caso de producirse el siniestro.
Contraprestación o resarcimiento económico a cargo del asegurador en caso de producirse el siniestro.
Av. 72 415
La Plata, CP1900
Productor de Seguros
Gabriela Castiglioni
Matrícula SSN 79728